Hace unos días recibí un correo electrónico de una chica española que quería marcharse a vivir a Brasil con su novio brasileño.
La verdad es que no sé muy bien cómo llamar a alguien que es pareja de hecho. ¿Novio? ¿Pareja, sin más? Que alguien me alumbre sobre esto, por favor :) El caso es que me planteaba si es posible que allí reconocieran su condición. Su principal duda era si con ello podría conseguir un visado permanente que le permitiera residir, y en el futuro, trabajar en Brasil de forma legal.
No tenía mucha idea sobre este tema, tengo que reconocerlo. Menos mal que mis contactos en el consulado de Brasil en Madrid no son majos, son lindos demais! :D Primera aclaración: pareja de hecho es lo que en Brasil llaman ‘união estável’. Y sí, efectivamente, tienen los mismos derechos que un matrimonio tradicional a la hora de acceder al visado permanente.
El trámite es sencillo y puede hacerse en el propio consulado brasileño en España (o del país en el que te encuentres). Para ello es necesario llevar el documento que certifique la constitución de la pareja de hecho. También te pedirán el pasaporte, dos fotos tamaño carnet y un documento actual de antecedentes penales.
La Policía Federal de Brasil también realiza este trámite. O sea, que si vas a pasar una temporada como turista podrías hacerlo allí también. Eso sí, ten en cuenta que los documentos emitidos fuera del país deben estar legalizados por el consulado brasileño y traducidos por un traductor jurado. O sea, que la visita al consulado difícilmente la vas a poder evitar… («Os documentos emitidos no exterior deverão estar legalizados por repartição consular brasileira e traduzidos por tradutor juramentado no Brasil»).
En teoría, los documentos necesarios son los mismos que para acceder al visado permanente a través del matrimonio. Estos:
1. DEL LLAMANTE
– Copia de la tarjeta de identidad (RG) o pasaporte del brasileño, o de la tarjeta de identidad de extranjero residente (RNE) o del visado del residente temporal, según el caso.
– Declaración de Responsabilidad y Manutención en beneficio del candidato, con firma legalizada por la autoridad consular brasileña o «cartório» en Brasil.
2. DEL LLAMADO (solicitante del Visado)
– Certificado de pareja de hecho emitido por la autoridad competente del país de procedencia del solicitante o documento judicial comprobatorio de pareja de hecho emitido en Brasil o en el exterior.
– Rellenar el formulario online, imprimirlo y firmarlo.
– Pasaporte original en vigor (mínimo 6 meses de validez).
– Certificado de empadronamiento como prueba de residencia en la jurisdicción consular por el plazo mínimo de un año.
– Certificado de antecedentes penales (validez máxima 90 días).
Hola! muchas gracias por la información, me ha resultado muy util porque desconocia que podia solicitar visado permanente al estar casado con ciudadana brasileira, despues de leerte he estado curioseando los requisitos en la web del consulado en Bcn y he visto que la tasa para ese visado es de 200€, es asi o lo he confundido con otro visado? Me ha parecido mucho.
Ah! enhorabuena por el trabajo que haces en la web, me encanta todo lo que publicas, Saludos
Muchas gracias David!!! Me alegro de que te haya resultado de utilidad. Sí, el visado permanente por matrimonio o por pareja de hecho cuesta unos 200 euros. Suerte!!!!
Es genial el post, muchas gracias!
Como siempre un trabajo estupendo :)
Gracias a ti!!! :) Me alegro mucho de que te haya servido. Un abrazo ;)